Colombia. El Gobierno colombiano sancionó la Ley 2450 de 2025, por medio de la cual se establece un nuevo marco normativo que combate a quienes abusan del ruido y establece multas y sanciones.
La nueva legislación establece herramientas y lineamientos para la formulación de una Política de Calidad Acústica en el país, garantizando un ambiente libre de los impactos nocivos del ruido. También resalta la importancia de proteger a la flora y fauna, especialmente a las aves que habitan en las zonas verdes de las ciudades y municipios, de los efectos adversos del ruido excesivo.
El objetivo de la Política de la Calidad Acústica es fortalecer la evaluación y gestión interinstitucional de los diferentes actores, definir responsabilidades, así como fomentar la reducción de la contaminación acústica con el fin de garantizar el control de los impactos generados por ésta en la salud, el ambiente, la fauna, la convivencia, la salud ocupacional, entre otros.
La ley reconoce que ciertas actividades generan ruido como parte inherente de su naturaleza. Por ello, contempla excepciones específicas para eventos culturales, deportivos, y recreativos, siempre que cumplan con medidas de mitigación y respeto a los valores límite establecidos. Esto incluye permisos previos, horarios controlados y el uso de tecnologías de reducción de ruido cuando sea posible.
En casos de comportamientos que afecten la tranquilidad en entornos urbanos y residenciales, las personas podrán acudir a las autoridades de policía ya que la ley crea una multa por afectación a la convivencia por ruido. Esto incluye fiestas, reuniones, uso de máquinas y otros medios de producción de ruido. Por lo anterior, la policía queda facultada para desactivar las fuentes de ruido e imponer multas de hasta dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv). (Según niveles definidos por el MADS y mecanismo de medición definidos por MinDefensa).
En el caso de la afectación a la tranquilidad en el espacio o que siendo una actividad privada trascienda a lo público (irrespetar salas de velación, clínicas, hospitales, bibliotecas y museos, entre otros), las autoridades de policía también están facultadas para desactivar las fuentes de ruido e imponer multa de hasta dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv). (Según niveles definidos por el MADS y mecanismo de medición definidos por Min Defensa.
La Ley también contempla multas especiales para los comportamientos de los organizadores de actividades que involucren aglomeraciones de público complejas, y que afecten la convivencia por causa de ruido. Estas multas van desde los 100 hasta los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, dependiendo del aforo del evento.
Tras la sanción de la Ley, el gobierno tendrá 18 meses para reglamentarla.
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